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Alegaciones a la Propuesta de Retribución (2021) de las Empresas Distribuidoras de Energía Eléctrica

El próximo 18 de noviembre de 2024 (plazo ampliado) termina el plazo para formular alegaciones a la Propuesta de Retribución 2021 para las empresas titulares de distribución de energía eléctrica.

Las siguientes son las ideas básicas que, en mi opinión, toda distribuidora de electricidad debería tomar en consideración al presentar sus alegaciones:

ÚLTIMO TRÁMITE ANTE CNMC

  • Como la propia CNMC ha destacado, este es el último trámite previsto para poder alegar ante la CNMC cualquier discrepancia que la ED pueda tener con la propuesta de CNMC.
  • Es decir, no podemos esperar la misma tramitación que tuvo la Retribución 2020, en la que excepcionalmente hubo dos trámites de audiencia. Esto no está previsto que ocurra con la Retribución 2021. ¡No nos confundamos!
  • A DESTACAR/ RELEVANTE. Cualquier corrección retributiva (pretensión) que pudiera llegar a proponer la empresa distribuidora respecto de la Propuesta de Retribución 2021 debe estar recogida en el escrito de alegaciones que se presente ante la CNMC. En caso contrario, no podría incluirse en el procedimiento judicial ante la Audiencia Nacional.

ALEGACIONES

  • CUESTIONARIO CNMC. La empresa distribuidora que desee formular alegaciones DEBE obligatoriamente cumplimentar el formulario previsto en la sede electrónica de la CNMC (link más abajo).
  • ESCRITO DE ALEGACIONES REDACTADO POR LA ED. Al final del cuestionario la distribuidora puede adjuntar el documento completo de alegaciones, y la documentación justificativa que considere necesaria.
  • A DESTACAR/ RELEVANTE. Según indica CNMC, en caso de discrepancia entre el documento de alegaciones y el Cuestionario CNMC, prevalecerá este último.

NUEVA CARGA DE DATOS 2019

  • SOLICITUD EXPRESA DE NUEVA CARGA DE DATOS 2019. La distribuidora que pretenda la apertura de alguno de los procedimientos de entrega de información relativa al año 2019, por casusas debidamente justificadas, debe indicarlo expresamente en el formulario CNMC (link más abajo).
  • NUEVA APERTURA DE SEDE. Finalizado el plazo de alegaciones, se notificará individualmente a cada empresa afectada las fechas de apertura, siempre que CNMC considere que la apertura está justificada.
  • A DESTACAR/ RELEVANTE. La nueva apertura de los procedimientos de entrega de información relativa al año 2019 sólo se concederá a los casos debidamente justificados. En cualquier caso, la apertura será posterior al 11 de noviembre de 2024. Es importante tener los ficheros corregidos preparados cuanto antes.

JUSTIFICACIÓN ADICIONAL: RESPUESTA OBLIGATORIA

  • CNMC ha solicitado justificaciones adicionales a varias empresas distribuidoras, básicamente relacionadas con inversiones en DIGITALIZACIÓN, DESPACHOS Y OTRO IBO.
  • A DESTACAR/ RELEVANTE. Según dice expresamente CNMC en el escrito del trámite de audiencia, “los sujetos que no remitan justificación sobre las partidas para las que se ha solicitado aclaración adicional podrían estar incurriendo en una posible infracción por no facilitar información requerida para el cálculo retributivo” (art. 64 Ley 24/2013).

Enfocado el esquema de las alegaciones, toca analizar en detalle el contenido de la Propuesta de Retribución 2021, para confirmar que todas las actuaciones declaradas tienen el impacto retributivo que les corresponde. Respecto de la evolución del COMGES, te puede ser útil leer este análisis que publiqué hace unas semanas.

Por último, recuerda que para que tus alegaciones sean consideradas confidenciales lo has de solicitar expresamente.

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Espero que esta información te sea útil. Para cualquier consulta que precises puedes utilizar el formulario de contacto.

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